9 de noviembre de 2011

SOLICITUDES Y LICENCIAS DE OBRAS (parte 1)

1)licencias de parcelación.

Las solicitudes de licencia de parcelación urbanística comprenderán la siguiente documentación:

a) Instancia expresiva de los datos del solicitante.

b) Certificación registral de la finca o fincas objeto de la agregación, segregación o reordenación, así como plano catastral de éstas.

c) Justificante del abono de las tasas.

d) Proyecto suscrito por técnico competente y visado por el colegio oficial correspondiente, comprensivo de: - Descripción literaria de la finca inicial (según título de propiedad) y de las resultantes de la segregación.

- Plano de situación, sobre cartografía del P.G.O.U. (a escala 1/2000 ó en su defecto 1/5000).

- Plano acotado de la finca inicial, a escala como mínimo 1/500, referido al parcelario catastral, salvo imposibilidad material.

- Plano acotado a la misma escala que el anterior, expresivo de la forma y superficie de las parcelas resultantes y grafiado asimismo sobre cartografía catastral, en el que se defina claramente las alineaciones del viario previsto en el planeamiento vigente y la situación de las referencias necesarias para su comprobación.

2)licencia de obra mayor

1. Para la obtención de licencia de obra mayor deberá presentarse en el registro correspondiente la siguiente documentación:

a) Instancia suscrita por el promotor, indicando los datos de identificación del mismo, y por el técnico/s director/ es de las obras, aceptando la dirección de las mismas.

b) Asunción expresa y formal por el propietario del compromiso de no ocupación ni utilización de la construcción, edificación e instalación hasta la completa terminación de las obras de urbanización en su caso y el funcionamiento efectivo de los correspondientes servicios, así como del compromiso de consignación de esta condición con idéntico contenido en cuantos negocios jurídicos realice con terceros, que impliquen traslación de facultades de uso, disfrute o disposición sobre la construcción, edificación e instalación o partes de las mismas.

c) Título acreditativo de la propiedad o de contar con derecho suficiente para intervenir en el solar o inmueble objeto de actuación.

d) Cuestionario de la estadística de edificación y vivienda.

e) Justificante del depósito previo de las tasas.

f) Proyecto básico, con tanto proyectos duplicados como organismos deban informarlo, redactado por técnico competente y visado por el colegio oficial correspondiente, comprensivo, al menos, de la siguiente documentación: - Memoria descriptiva de la edificación proyectada y justificativa de que la misma cumple la normativa urbanística en vigor, así como cualquier otra disposición de carácter técnico o sectorial aplicable (normas básicas de habitabilidad y diseño, etc.).

- Resumen del presupuesto por capítulos.

- Fotografías de la parcela donde se pretenda construir, en las que se aprecia la situación en que se encuentran los viales que linden con ella y todos los linderos de la parcela.

- Planos: 1. De situación, referido a cartografía del P.G.O.U. a escala 1/5000 (plano de calificación global) 2. De alineaciones y rasantes acotado, a escala mínima 1/500, con referencias de las edificaciones y demás elementos próximos existentes que permitan comprobar el ajuste a las alineaciones vigentes. En este plano se grafiarán los retranqueos obligatorios conforme al planeamiento si los hubiere, se dibujará la proyección de las líneas eléctricas que sobrevuelen la parcela si las hubiera y se reflejarán y acotarán asimismo las secciones de los viales a que da fachada la parcela.

3. Catastral: copia del plano catastral.

4. De parcela, a escala mínima 1/200, acotando las dimensiones de la misma y su superficie.

5. De conjunto, a escala mínima 1/200, indicando ocupación y retranqueos de la edificación.

6. De plantas de la edificación, a escala mínima 1/200, con cotas y superficies.

7. De alzados y secciones acotadas a escala mínima 1/200.

8. De acometidas de los distintos servicios urbanos (agua, saneamiento, electricidad, telefonía y gas).

9. Cualquier otro plano que se haga necesario para una comprensión completa del proyecto, especialmente si se trata de obras en el ámbito de planes especiales de protección. En este último caso, deberán aportarse necesariamente los planos que se especifiquen en la normativa de protección que resulte de aplicación.

10. De forma discrecional, perspectivas que aporten una mejor comprensión de la volumetría si en el desarrollo del proyecto se han realizado.

- Otros documentos: Anexos comprensivos de las medidas de prevención y protección contra incendios, accesibilidad, infraestructuras comunes de telecomunicaciones y de seguridad y salud laboral, de conformidad con la normativa sectorial de aplicación.

g) Cuando la obtención de licencia de edificación deba llevar aparejada la previa o simultánea ejecución de las obras de urbanización necesarias para la conversión de la parcela en solar, mediante una actuación aislada, se incluirá como anexo un proyecto de obras ordinarias de urbanización, que será autorizado mediante la misma licencia de edificación. Esta autorización sustituirá a las ulteriores licencias de acometidas de servicios para lo cual el proyecto deberá cumplir la normativa sobre acometidas de servicios urbanos.

h) Licencia de apertura por el Area de Medio Ambiente o en su caso de no ser necesaria la misma, se presentará la documentación contemplada en el artículo 18, apartado c) de esta ordenanza.

i) Autorización o concesión de la Administración titular del dominio público cuando la actuación suponga ocupación o utilización de dicho dominio público.

j) Cualesquiera otra documentación prevista en los arts. 10.1.12 a 10.1.14 del PGOU vigente.

2. Cuando se trate de obras de demolición, se adaptará la documentación necesaria al objeto de la misma, grafiando en los planos la situación del edificio a demoler y describiendo las medidas de protección para los edificios colindantes y para la vía pública, presentando, además foto de las fachadas y cubierta del edificio a demoler.

3. Cuando se pretenda una actuación sobre elementos comunes de un edificio, deberá aportarse documentación acreditativa de su aprobación por la comunidad de propietarios.

4. Las escalas a que deberán presentarse los planos de plantas, alzados y secciones del proyecto de edificación serán las adecuadas para evitar unas dimensiones desmesuradas de los planos y facilitar una lectura clara y comprobación rápida y precisa de las dimensiones de lo proyectado. No se admitirán escalas inusuales que dificulten o comprometan la labor de comprobación de los servicios técnicos municipales. A estos efectos, dependiendo del tamaño de la edificación y del grado de definición que se persiga, se usarán escalas de 1/300, 1/200, 1/150, 1/100, 1/50, 1/30, 1/25 y 1/10.

De forma voluntaria y de cara a agilizar y precisar la medición de los proyectos, podrá acompañarse soporte informático en ficheros.dwg (u otros equivalentes) que contenga al menos: - Plano del solar, con indicación de la Referencia Catastral del mismo.

- Plano de implantación de la edificación en este, señalando alineaciones, retranqueos, etc., así como la figura de planeamiento en desarrollo del PGOU que en su caso le afecte.

- Planos de la totalidad de las plantas, grafiando el perímetro de lo computado como edificable, así como ocupación por planta y máxima.

- Planos de alzados y secciones suficientes para la comprensión del total edificado.

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