He comenzado a buscar informacion acerca de determinadas licencias que son necesarias para la apertura del local,la que primero he reparado en tener en cuenta es la ITC-BT-28,la cual habla sobre la seguridad y el suminstro electrico,que dice lo siguiente:La presente instrucción se aplica a locales de pública concurrencia, el local que nos ocupa es una sala de fiestas, esta cuenta con un aforo máximo de 880 personas, contara con suministro de socorro, como mínimo este será de un 15 % de la potencia contratada, se estima que el suministro de socorro sea de unos 30 KW,
dicho suministro de socorro, será realizado alimentando al local desde la centralización del edificio y el
suministro ordinario se realizara desde centro de transformación existente en las proximidades.
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